Novedades para los patinetes, ¿ya lo has registrado?
Desde este año, los patinetes eléctricos deben estar certificados, inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, llevar etiqueta identificativa y contar con seguro obligatorio.
En este artículo vamos a aclarar la nueva norma que afecta a los patinetes y repasaremos algunos conceptos para que queden claros
¿Qué es un VMP?
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.
¿Por qué hay que registrarlo?
Para poder circular, los VMP deberán contar con el certificado de inscripción en el Registro de vehículos personales ligeros y portar la etiqueta identificativa.
Podrás inscribir un vehículo de tu propiedad de manera que, una vez inscrito, se generará un número de placa para el vehículo.
La DGT te entregará el certificado de inscripción digital en pdf con el que se puede adquirir una etiqueta identificativa con el número de inscripción con el formato M XXXX LLL para colocarla en el patinete a modo de matrícula.
¿El seguro es obligatorio?
Sí. En 2026, cualquier patinete eléctrico que encaje en la definición de VMP debe contar con una cobertura de responsabilidad civil para poder circular por la vía pública.
Es decir, el patinete tiene que estar cubierto frente a los daños que pueda causar a terceros ya que, si se produce un accidente y no existe seguro, el conductor responde personalmente de los daños causados. Pero, además, no tener seguro constituye una infracción y puede conllevar multas de hasta más de 600 euros
¿Todos los patinetes tienen permiso para circular?
Desde el 22 de enero de 2024, todos los patinetes eléctricos que se comercializan en España deben contar con un certificado de circulación conforme al manual técnico aprobado por la DGT. Ese certificado garantiza que el vehículo cumple los requisitos exigidos en materia de seguridad, potencia, velocidad y equipamiento. Si compras un patinete nuevo hoy, debe venir ya certificado de fábrica.
¿Si mi patinete no tiene certificado de circulación?
Son VMP que no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características y, por tanto, no tienen placa de marcaje de fábrica. A este tipo de vehículos se les aplica un régimen transitorio que les permite continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027 aunque carezcan del certificado de circulación, pero también tienen que ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y obtener el seguro obligatorio.
¿Qué más requisitos debe tener mi patinete?
- Una potencia limitada. Los patinetes sin sistema de autoequilibrado no pueden superar los 1.000 vatios de potencia nominal; los que sí lo incorporan pueden llegar hasta 2.500 vatios.
- Un sistema de frenado seguro. Luz delantera y trasera, luz de freno y catadióptricos blancos en la parte frontal y laterales, y rojos en la parte trasera.
- Las ruedas deben tener un diámetro mínimo de 203 milímetros (equivalente a ocho pulgadas) y no pueden ser lisas.
- Además, el vehículo debe incorporar manillar y un sistema que permita mantenerlo estable cuando está estacionado.
¿Quién regula la circulación de los VMP?
Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP pero hay unas normas comunes:
- 1/ Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
- 2/ La velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 y 25 km/h.
¿Algo más a tener en cuenta?
La Ley de Tráfico establece la obligación de utilizar casco de protección para los conductores de VMP, y la DGT lo incluye expresamente dentro de las normas de seguridad aplicables a los patinetes eléctricos. El acceso a trenes, metros o autobuses no está regulado por una norma estatal única, pero por ejemplo RENFE mantiene la prohibición de acceso de patinetes eléctricos en sus servicios por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio, y muchas redes de metro y autobús han adoptado medidas similares.
Si has sufrido un accidente con un patinete eléctrico, ya sea como conductor o como perjudicado, recuerda acudir a un abogado especializado en tráfico. En MURUA ABOGADOS te ayudamos.