Balance de daños: Siniestro Total

El grupo musical Siniestro Total eligió su nombre de una manera bastante curiosa y casual. Según cuenta la historia, uno de los miembros del grupo, Julián Hernández, relató a sus compañeros lo ocurrido con los daños sufridos en un coche tras un accidente. La aseguradora había calificado el estado del vehículo como ‘siniestro total’. Ante esto, otro de sus compañeros comentó: “es un buen nombre para un grupo” Y así nació el nombre de este grupo gallego de música punk-rock.

Pero en este blog no vamos a hablar de música, sino del concepto “Siniestro Total”.

Cuando nos referimos a “siniestro total” en el contexto de un accidente de tráfico, estamos ante una situación en la que el vehículo ha sufrido daños tan graves que no compensa repararlo.

Esto puede deberse a dos razones básicamente. Por un lado, porque el coste de reparación supera el valor del coche antes del accidente. Y otra razón es porque el vehículo ha quedado irreparable o no puede volver a circular con seguridad.

Ya sea el seguro del coche, como el Consorcio de Compensación de Seguros, en el que caso de que se haya producido una situación de emergencia climática como pudo ser la DANA el pasado mes de noviembre en Valencia, quien deba hacerse cargo del coste de reparación, la indemnización en dichos casos se calculará tomando como referencia el valor venal o el valor de mercado del vehículo en el momento anterior al accidente.

Todos los vehículos tienen un valor, justo antes del siniestro, es un valor que se deprecia con el paso de los años, y que depende de la marca, el modelo, las características del vehículo y su antigüedad, si no se considera aspectos como el kilometraje o el mantenimiento, hablamos de valor venal y si se tienen en cuenta hablamos de valor de mercado.

Para calcular el valor venal, las aseguradoras o el Consorcio de Compensación de Seguros parten del precio oficial del coche, el cual estipula el gobierno y se publica periódicamente en el Boletín Oficial del Estado en una tabla de valoración organizada por marcas y modelos o en unas tablas denominadas Ganvam.

En los casos en los que el importe de la reparación del vehículo dañado es superior a su valor medio de mercado, o valor venal, es probable que la compañía aseguradora obligada a hacer frente a la reparación de los daños del siniestro, declare el “siniestro total” del vehículo y ofrezca una indemnización que se corresponde con el denominado valor venal o valor de mercado del vehículo.

En dicho caso el perjudicado puede aceptar la indemnización, por la que la aseguradora paga el valor venal y quedarse con el coche siniestrado. O también existe la posibilidad de que el perjudicado pueda conservar el vehículo, pero la indemnización se reduzca descontando el valor de los restos.

Quien no esté de acuerdo con lo ofertado por considerar que el valor asignado a tu coche es superior al de mercado, puede solicitar una segunda peritación o acudir a un perito independiente.

A continuación, vamos a plantear dos supuestos para entenderlo mejor

1-     ¿Qué ocurre si tu coche es declarado siniestro total sin tener la culpa?

En muchos casos la compañía aseguradora del coche responsable puede preferir pagar lo que vale el coche en ese momento en el mercado antes que costear la reparación del coche afectado. Es posible que la aseguradora ajuste mucho a la hora de pagarte la indemnización hasta el punto que, con el dinero que piensa darte, no es suficiente para comprar un coche de las mismas características que el que tenías.

En dicho caso, podrías costear tú mismo la reparación pagándolo de tu bolsillo y luego reclamar a la aseguradora el importe,  para que te indemnicen por lo que te ha costado arreglar el coche, pero hay unos límites.

2-     ¿Y si tu coche es declarado siniestro total y has tenido tú la culpa?

Si tú has sido el culpable del siniestro, tu compañía sólo te indemnizará en el caso de que tengas una póliza “a todo riesgo” con la cobertura de daños propios. Si tu aseguradora declara tu coche como siniestro total deberá atenderse a lo que se haya fijado en la póliza, en cuanto a concepto a indemnizar.

  

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